¿Existen trámites necesarios (escritos, protocolización, registro, etc.) para la validez de un contrato de franquicia? Si es afirmativa, ¿cuáles son las consecuencias de la inobservancia de las formalidades mencionadas?

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Dado que no existe ninguna reglamentación legal sobre este asunto, es importante considerar que uno de los elementos esenciales de este acuerdo es la existencia de una licencia de marca. Siendo esto así, la ley exige que este tipo de acuerdo debe ser por escrito y por lo tanto se aplica al acuerdo de franquicia. Por lo tanto, también será necesario que el contrato de franquicia se escriba para que sea válido.

En cuanto al registro del contrato de licencia, nuestra legislación exige que el contrato sea registrado ante la Superintendencia de industria y comercio, para evitar la oposición de terceros. Este registro no es obligatorio para la ejecución del acuerdo entre las partes pero es muy práctico realizarlo para demostrar el uso de las marcas y por su importancia como prueba para defender las marcas contra la cancelación potencial acciones para no-uso.

Asimismo, el documento escrito es necesario debido a la necesidad de presentar el mismo ante la autoridad tributaria nacional (Dian), cuando el franquiciador es un extranjero y el franquiciado colombiano, considerando que los pagos deben ser de envío al extranjero.

¿Existen trámites necesarios (escritos, protocolización, registro, etc.) para la validez de un contrato de franquicia? Si es afirmativa, ¿cuáles son las consecuencias de la inobservancia de las formalidades mencionadas?