El propósito principal de una marca es diferenciarse de otros productos o servicios en el mercado y distinguirse de otros productores o proveedores. En Colombia, una marca no puede ser registrada si no tiene suficiente capacidad distintiva. En este caso, el cliente ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A. BIC. se opuso al registro de la marca GREECE (MIXTA) para identificar yogur griego, argumentando que era descriptiva y carecía de distintividad. La Superintendencia de Industria y Comercio negó el registro de la marca al considerar que describía directamente los productos y no tenía elementos para diferenciarse de otros productores en el mercado. Esto evitó confusión entre los consumidores de yogur griego.
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